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Las multas de tráfico más habituales que te pueden poner en verano

Las multas de tráfico más habituales que te pueden poner en verano

Hay muchas acciones que pueden ser punibles si ponen en peligro la seguridad de la vía

Viernes, 24 de mayo 2019, 19:24

Durante la conducción, es habitual realizar ciertas actividades al volante que, si bien no son consideradas una infracción en sí mismas, pueden serlo si acarrean un peligro para la seguridad de la vía por la que se circula. Algunas de ellas, como llevar chancletas, quitarse la camiseta o, incluso, sacar el brazo por la ventanilla, son más habituales en verano.

Para solventar las posibles dudas de los conductores y evitar sanciones indeseadas, la Dirección General de Tráfico ha publicado una serie de aclaraciones sobre estas actitudes, basándose en los siguientes artículos del Reglamento General de Circulación:

- Artículo 18.1. Señala que el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados.

- Artículo 17.1. Establece que los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos.

- Artículo 3.1. Hace referencia a la forma de conducción, que debe hacerse con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno; y prohibe terminantemente conducir de modo negligente o temerario.

Según estos artículos, las conductas señaladas no son una infracción al Reglamento por sí mismas, pero serán constitutivas de infracción cuando impidan la libertad de movimientos del conductor, el control del vehículo o generen peligro para el conductor o para el resto de usuarios de la vía. En caso de detectar una actitud peligrosa, los agentes de la autoridad procederán a la denuncia de los hechos. Es importante señalar, indican desde la Unidad de Ordenación Normativa de la Dirección General de Tráfico, que “la denuncia se produce no por comer, beber, ir descalzo..., sino porque esa actividad concreta ha afectado a la seguridad de la conducción”. Todo esto, sin olvidar que el sentido común nos dice que no usar camiseta podría producir heridas en caso de activarse el cinturón de seguirdad y no llevar zapatos hará más difícil el manejo de los pedales.

Las sanciones

Conducir con chanclas o sin camiseta puede ser multado con 200 euros; sacar el brazo por la ventanilla, con 80 euros; poner los pies sobre la guantera o el salpicadero cuando vamos de copilotos, 100 euros; y comer o beber al volante, 100 euros.

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