SALAMANCA
Lunes, 15 de abril 2024
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha ratificado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca que en noviembre del pasado año condenó a A.F.R.H., un intermediario conocido en el sector porcino, por una estafa se 77.000 euros en ... una venta de cerdos. El tribunal le declaró penalmente responsable de un delito de falsedad en documento privado, en concurso medial con un delito de estafa, por el que le impuso una pena de 3 años de prisión. Asimismo, le impuso el pago de 77.000 euros en concepto de indemnización. Además de confirmar la citada pena, se le impone ahora el pago de las costas causadas con su recurso al TSJ.
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A.F.R.H., con antecedentes penales no computables en la presente causa, persona conocida en el sector porcino por su vinculación a una empresa líder en el sector, que había concertado operaciones de intermediación en la venta de cerdos, en fechas anteriores al 18 de octubre del 2016 con un hijo del denunciante y titular de una empresa en el sector porcino, aprovechándose de la relación de confianza que tenía con este, le propuso un trato ventajoso con unos cerdos propiedad de un ganadero, para la campaña 2017-2018, sirviéndose de un contrato en el que no tuvo participación este último y cuya firma estampada en dicho documento bajo la mención de vendedor, no se le puede atribuir, generando así una apariencia legítima de que tenía capacidad de disposición de unos cerdos para la campaña 2017- 2018, propuesta que trasladó el denunciante a su padre.
Antes de aceptar la operación, que parecía ventajosa para el comprador, el padre del denunciante, su hijo y el acusado se trasladaron a una finca situada a unos 20 kilómetros de Fuente de Cantos (Badajoz), propiedad del citado ganadero, y allí presenciaron que los empleados de la finca conocían y trataban con familiaridad al acusado, quien les mostró la partida de cerdos objeto del contrato, dando la impresión de que se movía en un entorno de confianza.
Tras examinar los cerdos directamente en la finca y exhibido el contrato de compra venta generó una apariencia de legítima disposición sobre la partida de cerdos.
El comprador aceptó el trato que le ofreció el acusado, convencido de que este tenía la disponibilidad sobre esa partida de cerdos y se emitió factura por la esposa del acusado. El comprador efectuó el pago convenido mediante transferencia bancaria (a un número de cuenta facilitada por el acusado), el 24 de octubre de 2016 -el importe total abonado fue de 77.000 euros incrementado con el IVA en 84.700-, cantidad que la hizo suya el acusado, sin que su importe fuese entregado al ganadero.
Con anterioridad a que venciera la fecha de entrega de los cerdos, con arreglo a lo convenido (diciembre de 2017 a marzo 2018) el acusado se trasladó junto conel comprador y su hijo a un despacho de abogados de Salamanca, en el que efectuó el 26 de abril del 2017 un reconocimiento de deuda en la cantidad de 84.700 euros, por haber estafado al comprador, obligándose a pagar la citada cantidad con arreglo a un calendario de pagos aplazados, sin que hasta la fecha haya restituido cantidad alguna, ni tampoco hiciera la entrega de los cerdos objeto del contrato al perjudicado, formulándose denuncia por estos hechos el 20 de marzo del 2018.
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