SALAMANCA
Lunes, 4 de marzo 2024, 13:42
El autor confeso del 'crimen del Carnaval', J.A.V.S., ha sido condenado a once años y medio de prisión. Conforme al veredicto emitido el pasado 23 de febrero por el jurado popular, la magistrada presidenta le condena por un delito de homicidio doloso. La sentencia le impone además la medida de libertad vigilada por plazo de seis años y el pago de 775.000 euros de indemnización a los perjudicados, así como de las costas procesales.
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La sentencia es conforme a la tesis que desde el principio mantuvo la Fiscalía, que le acusaba del delito de homicidio doloso, sin circunstancias agravantes ni atenuantes, por el que le pedía 13 años de prisión. Por su parte, la acusación particular pedía 25 años de prisión por un delito de asesinato y la defensa, que inicialmente pidió la absolución y subsidiariamente que se le condenara por un delito de homicidio por imprudencia, tras el veredicto interesó que la pena no excediera el mínimo por delito de homicidio, 10 años.
La magistrada mantiene la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza del condenado, hasta que adquiera firmeza.
Además decreta el comiso y destrucción de la navaja y demás efectos intervenidos.
Por otra parte, ordena la magistrada que se informe a los perjudicados de que para el caso de insolvencia, total o parcial, del condenado, «podrán ser ser beneficiarios de las ayudas previstas en la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual».
La sentencia todavía no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. de hecho, tras el veredicto la acusación particular anunció que recurrirá.
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Según señala en el fundamento sexto la sentencia, respecto a la pena a imponer al acusado «ha de ser valorado que el acusado colaboró en cierta medida con la policía al comparecer durante la tarde del día en que ocurrieron los hechos ante la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Salamanca, comunicando su participación en una 'reyerta' en el bar La Muralla de Ciudad Rodrigo, antes de que hubiera sido identificado por la policía, permitiendo así a la policía judicial que investigaba el caso, centrar en él la investigación y procederá su detención, descartando otros posibles partícipes en los hechos».
Ello unido a que los antecedentes penales del acusado lo son por un delito de conducción sin permiso, delito menos grave, y que en la fecha de cometer el delito de homicidio, tales antecedentes eran susceptibles de cancelación. Ponderando asimismo la «actitud agresiva del acusado» inferida de la forma en que sucedieron los hechos y que ya con anterioridad a dar muerte a la víctima había mantenido una pelea con otros dos clientes del bar, la magistrada considera «procedente y suficiente a fin de cumplir con los fines de prevención genera y especial de las penas, imponer al acusado una pena de prisión de once años y seis meses».
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