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Jueves, 29 de septiembre 2022, 18:43
La Audiencia Provincial de Salamanca ha declarado inocente a J.A.A.A., el varón de origen brasileño que fue juzgado a mediados de mayo por presuntos abusos sexuales a una niña de nueve años, hija de una amiga íntima que le había dejado alojarse en su casa de Pizarrales en el mes de junio de 2018. El varón, que se enfrentaba a cinco años de prisión, negó los hechos en el juicio e insistió en que su relación con la niña “era muy buena”, mientras que la menor se mantuvo firme en su relato y dijo que si no lo contó antes fue “porque le daba miedo que no le creyeran”.
Según declaró la menor en el juicio, J.A.A.A. estaba durmiendo en el momento de los hechos en su casa del barrio de Pizarrales, en el sofá del salón, debido a la amistad que tenía con la madre de la niña, con la que tiempo atrás había mantenido además una relación sentimental.
Un día cuando estaban en el sofá, manifestó la niña, él introdujo la mano de la menor por debajo de su ropa interior justo encima de su miembro viril durante unos segundos, hasta que ella quitó la mano. En otra ocasión, relató, el varón aprovechó que se habían quedado a solas en el coche, para tocar su muslo por debajo de la falda de esta, tras lo que una vez más ella le retiró la mano.
No lo contó en ese momento a su madre, con la que vivía y que estaba separada de su padre, dijo: “Porque me daba miedo que no me creyeran”. Lo hizo tiempo después y fue a su abuela paterna, que le decía siempre que “si alguien la tocaba o algo se lo dijese”. Esta a su vez se lo contó al padre de la niña y finalmente (ya en el mes de mayo de 2021) la menor se lo contó a su madre, que ese mismo día acudió a denunciar los hechos.
En la sentencia, el tribunal concluye que pese a las manifestaciones de la menor y la denuncia interpuesta por su madre, no ha quedado acreditado que el acusado cometiera los hechos denunciados.
“La única prueba de cargo que corrobora la acusación viene constituida por la declaración de la menor, que no se considera como elemento suficiente para destruir la presunción de inocencia del acusado”, señala el tribunal, que apunta a las dudas existentes entre otras cuestiones por las contradicciones en que ha incurrido la menor y la tardanza en la denuncia pese a la gravedad de los hechos que la niña había puesto en conocimiento de sus familiares más próximos.“
Esta tardanza en la denuncia ante hechos tan graves es difícil de entender y en principio la única explicación lógica que tiene es que no dieran sus familiares en un primer momento credibilidad a lo contado por la menor, lo que vuelve a crear dudas a esta Sala sobre lo realmente ocurrido”, razona la Audiencia.
“Frente a las declaraciones de la menor, a juicio de esta Sala la declaración de J.A.A.A. ha sido sólida, explicando de forma adecuada y sin vacilaciones la relación que mantuvo con la madre de la niña, que posteriormente esta ratificó, así como la vida que hacía durante el tiempo que estuvo en la vivienda, manifestaciones que por otra parte coinciden con lo ya manifestado en su declaración ante la Policía Nacional el día 5 de mayo de 2021 y ante el Juzgado de Instrucción el día 2 de Juno de 2021”, añade el tribunal.
Por todo lo expuesto, la Audiencia concluye que no se ha practicado prueba suficiente que acredite la existencia de los abusos sexuales denunciados: “Estas dudas nos llevan a la aplicación del principio in dubio pro reo”. Así las cosas declara inocente a J.A.A.A. del delito continuado de abuso sexual del que era acusado.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de diez días.
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