SALAMANCA
Lunes, 6 de mayo 2024, 14:01
En el mes de abril del pasado año R.V.P., un cura mirobrigense y profesor del seminario en el año 2020, era declarado autor de un delito continuado de abusos sexuales a un alumno. El Juzgado de lo Penal número Uno de Salamanca le imponía 3.240 euros de multa y 1.500 euros de indemnización al perjudicado. Apenas un año después, el Juzgado de lo Penal número Dos de Salamanca acogerá este martes el juicio a otro sacerdote, F.P.L., al menos en el momento de los hechos párroco de la iglesia Santa María de Béjar, por otro delito sexual. La Fiscalía le acusa de agresión sexual y le pide un año de prisión.
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Según recoge el Ministerio Fiscal en su calificación provisional, F.P.L., párroco de la iglesia de Santa María de Béjar y en la actualidad de 60 años, sin antecedentes penales, organizó el 17 de junio de 2023 una comida con otro párroco, el sobrino de este de 25 años y otro joven.
Durante el almuerzo, relata la Fiscalía, ya comenzó a mostrar comportamientos sexuales inadecuados con el sobrino, enganchando sus piernas con las de él por debajo de la mesa. Posteriormente, sobre las 17:00 horas y cuando el compañero sacerdote del acusado se fue a dormir la siesta, quedándose F.P.L. a solas con los dos jóvenes, les ofreció enseñarles la iglesia.
Una vez en el interior, continuó mostrando una conducta de cercanía física inapropiada con el sobrino del otro sacerdote, primero al echarle gel hidroalcohólico le acarició las manos.
Después, aprovechando que ambos se habían quedado a solas, comenzó a cogerle la mano, a darle abrazos y a ponerle la mano sobre la espalda.
Finalmente le convenció para que se probara una sotana, lo llevó dentro de la sacristía y con excusa de colocarle bien los ropajes, con ánimo libidinoso, le tocó la cintura, las nalgas y el interior de las piernas.
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Como consecuencia de todo ello, la víctima sufrió una crisis de ansiedad reactiva que solo requirió de una primera asistencia facultativa y de la que tardó en curar un día.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual por el que solicita una condena de un año de prisión. Pide además que se le imponga la inhabilitación absoluta, dos años de libertad vigilada, así como dos años de prohibición de aproximación a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio, de su centro de estudios, trabajo y de cualquier otro lugar que frecuente y también de comunicación por cualquier medio.
Respecto a la responsabilidad civil, solicita que el acusado y subsidiariamente el Obispado de Plasencia indemnicen al perjudicado con 43 euros por las lesiones.
El Juzgado de lo Penal número Dos ha señalado para este martes el juicio contra F.P.L.
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La reforma penal endureció las penas
Hace poco más de un año de la condena al sacerdote mirobrigense R.V.P. En aquella ocasión, la condena a imponer fue de multa e indemnización al ser los hechos calificados como un delito continuado de abusos sexuales. En este caso, la Fiscalía eleva la pena a un año de prisión y las otras medidas alternativas al ser calificados sus actos como un delito de agresión sexual, que conlleva pena de prisión.
Adiós al paraguas del abuso sexual
El nuevo artículo 178.1 del Código Penal define el delito de agresión sexual como cualquier acto que atente contra la libertad sexual de una persona, realizado sin su consentimiento. En todo caso, se considerarán como tales los realizados con violencia, intimidación, abuso de situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, y los que se realicen sobre personas privadas de sentido o con la voluntad anulada o de cuya situación mental se abuse. Es decir, si concurre alguna de estas circunstancias se entenderá siempre que no ha habido consentimiento.
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Antes, el delito de agresión sexual se reducía a los supuestos en los que mediaba violencia o intimidación, quedando el resto de situaciones bajo el paraguas del abuso sexual.
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