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Salamanca
Jueves, 18 de mayo 2023
El Juzgado de lo Penal número Dos de Salamanca ha condenado a R.P.M.C., la mujer que, recién estrenado el vial del nuevo Hospital, tuvo que ser rescatada tras un espectacular accidente de coche en el que el vehículo se salió de la vía, se llevó por delante siete metros de valla y acabó preciptándose desde una altura de 11 metros. La juez la declara culpable de un delito contra la seguridad del tráfico por conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas y le impone una pena de 10 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros (1.800 euros) y privación del derecho a conducir vehículo a motor y ciclomotores por un año y diez meses y que indemnice conjunta y solidariamente al Ayuntamiento en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por la reposición de 7 metros de la valla de protección, así como al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.
El fiscal la acusaba también de un delito contra la seguridad del tráfico por el que solicitaba 3.600 euros de multa y dos años y medio sin conducir, mientras que la defensa pedía la libre absolución. La sentencia, notificada ayer a las partes y a la que ha tenido acceso LA GACETA, no es aún firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Salamanca.
Según considera probado la sentencia, sobre las 23:17 horas del día 10 de marzo de 2021, R.P.M.C. conducía un turismo por la Glorieta de los Sanitarios de la ciudad de Salamanca, haciéndolo con su capacidad de atención y reflejos sensiblemente disminuidos por las bebidas alcohólicas previamente ingeridas. Por este motivo, perdió el control de su vehículo, se introdujo en el interior de la misma, se subió a la acera sin parar y colisionó con la valla de protección de la orilla del río Tormes, arrancando un tramo de 7 metros de valla y precipitándose al vacío a una altura de 11 metros, causando desperfectos en la valla propiedad del Ayuntamiento de Salamanca.
La acusada, tras ser informada de su obligación en orden a la realización de la prueba de alcoholemia, la practicó y en una primera ocasión, a las 20:32 horas, arrojó un resultado positivo de 1,02 mg/l de alcohol en aire espirado, la cual reiteró a las 20:51 horas arrojando en esta ocasión un resultado positivo de 0,97 mg/l, habiendo renunciado a contrastar los resultados obtenidos mediante otro tipo de análisis y presentando pupilas dilatadas y aliento con olor a alcohol.
Los hechos declarados probados y apreciando en conciencia la prueba practicada son constitutivos de un delito contra la seguridad del tráfico en su modalidad de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, señala la magistrada.
La acusada negó en juicio, a las preguntas exclusivas de su letrado, que condujera el vehículo, manifestando que ella iba de copiloto, que conducía otra persona que se marchó del lugar antes de que la sacaran a ella del mismo y que la policía no le informó antes de realizar la primera prueba del test de alcoholemia de sus derechos, señala la sentencia.
Sin embargo, fundamental la juez, dicha declaración entra en contradicción con lo manifestado por los dos policías locales que declararon en el juicio que ratificaron el atestado declarando el primero de ellos que cuando llegaron ya se había producido el accidente y el vehículo estaba volcado y precipitado, que fue a socorrer, y dentro solo había una mujer que estaba en el lado del conductor, y la auxilió para salir del vehículo y estaba desorientada y tenía síntomas de alcoholemia.
El otro policía, por su parte, declaró que la mujer estaba agitada y llorosa, que presentaba síntomas de haber estado bajo la influencia del alcohol y que la acusada era la única persona que estaba dentro del vehículo. Dijo además que por las imágenes de las cámaras solo viajaba en el vehículo que se precipitó una mujer conduciendo y que ella misma les contestó que era la conductora.
Resulta debidamente acreditado por tanto, concluye la magistrada, que la acusada era la conductora del vehículo.
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