Salamanca
Domingo, 9 de febrero 2025, 06:15
El Juzgado de lo Penal número Uno de Salamanca ha señalado para este lunes por la mañana el juicio a una mujer acusada de estafar 40.000 euros a un varón con discapacidad al que hizo creer que tenía un hijo enfermo y necesitaba dinero para su tratamiento.
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La Fiscalía acusa a la mujer, de iniciales M.S. y de procedencia extranjera, de un delito de estafa por el que le pide una condena de un año y seis meses de prisión, así como el pago de una indemnización a la víctima por importe de 40.000 euros -el dinero presuntamente estafado-, así como el abono de las costas procesales.
La acusada, con antecedentes penales aunque no computables en este procedimiento, «conoció» al perjudicado en circunstancias y fechas que no han podido ser precisadas, señala el fiscal en su escrito de calificaciones provisionales.
Tiempo después, concretamente entre los meses de junio del año 2023 y enero de 2024, apercibiéndose de las deficiencias tanto cognitivas como emocionales del mismo, le persuadió con el pretexto de una enfermedad que tenía un hijo suyo y la consiguiente necesidad de dinero para afrontar su tratamiento. De esta manera, la mujer consiguió que el perjudicado le entregara cantidades de dinero continuas hasta un importe total aproximado de 40.000 euros.
La víctima, destaca el representante del Ministerio Público en sus informes, es una persona especialmente vulnerable a consecuencia de su aislamiento social y de la necesidad de apoyos para la habilidades económicas, jurídicas, administrativas y contractuales, además de ser susceptible de fácil engaño.
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Por estos hechos el fiscal considera a M.S. autora de un delito consumado de estafa.
El delito de estafa está regulado en el articulo 248 del Código Penal que señala: «Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno».
Los reos de estafa serán castigados con penas de seis meses a tres años de prisión. Añade que para la fijación de la pena, se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre este y el defraudador, los medios empleados por este y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
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