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Lunes, 22 de julio 2019, 23:43
De ser condenado finalmente por los cuatro delitos de homicidio imprudente por los que se le investiga, el conductor podría estrenar en Salamanca la reforma del Código Penal que agrava considerablemente la pena a imponer.
Se trata en concreto de la modificación de la Ley Orgánica 2/19 de 1 de marzo del Código Penal que entró en vigor el 3 de marzo de 2019 en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotores. Esto supone, destaca en declaraciones a LA GACETA el fiscal jefe en Salamanca, Juan José Pereña Muñoz, que “según la nueva redacción del artículo 142 bis, en los casos en los que se acreditara conducción bajo influencia de alcohol o drogas, el juez o tribunal puede imponerle motivadamente la pena superior en un grado, de manera que si la pena básica es de uno a cuatro años cuando la conducta reviste especial gravedad, el castigo puede subir a penas de entre cuatro años y un día a seis años de prisión, y puede elevarse en dos grados -hasta los nueve años- si el número de fallecidos fuera muy elevado”.
A ello se añadiría, señala el fiscal jefe, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis años y un día a nueve años.
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