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Lunes, 22 de junio 2020, 10:15
El varón que el pasado día 10 se sentó en el banquillo de los acusados por dejar inconsciente a su pareja de un fuerte puñetazo y atacar gravemente a los policías que acudieron a auxiliar a la mujer ha sido condenado a cuatro años y un día de prisión. Según la sentencia a la que ha tenido acceso LA GACETA, la jueza le condena a un año de prisión por un delito de malos tratos y tres años y un día por el atentado a los agentes de la autoridad.
De esta forma, el escrito recoge como hechos probados que el acusado, L.C.G., el 3 de enero cuando se encontraba en un domicilio de la calle Bierzo donde convivía con su pareja sentimental y en presencia de su hijo de dos años y medio le propinó a la mujer un fuerte puñetazo en la cabeza que le hizo caer al suelo y perder el conocimiento, provocando en la víctima amnesia postraumática y una contusión con hematoma. Alertados por lo ocurrido, acudieron agentes de la Policía Nacional a la vivienda y al verlos el acusado comenzó a increparlos, llegando a coger un cuchillo de la cocina que esgrimió frente a los funcionarios. En un momento dado, el acusado cogió en brazos al hijo menor de la pareja, se sentó y sin soltar el cuchillo volvió a dirigirse a los policías afirmando frases como: “Venid ahora si tenéis cojones, que al primero que entre me lo cargo” y “Os conozco, cuando os vea por la calle os voy a matar, soy boxeador y os voy a abrir la cabeza”. Cuando llegó el personal sanitario para atender a la mujer, L.C.G. soltó el cuchillo pero cuando iba a ser detenido comenzó un forcejeo con los agentes en el que no solo les pegó sino que también llegó a morder a uno de ellos.
Por estos motivos, la magistrada impone al hombre -en prisión preventiva desde estos hechos- cuatro años y un día de prisión, la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima por un tiempo de tres años, 1.440 euros de multa por los cuatro delitos de lesiones y la obligación de indemnizar a los cuatro policías con un total de 840 euros (245, 175, 175 y 245 euros). No obstante, la jueza le absuelve de un presunto delito de maltrato continuado, ya que asegura que no ha quedado acreditado que el acusado con anterioridad al 3 de enero sometiera a la denunciante a un continuo maltrato de carácter físico o psicológico.
Cabe recordar que en la vista oral el ahora condenado reconoció que ese día discutió con la mujer pero negó que la agrediera, mientras que ella mantuvo que la golpeó tras una discusión en la que él le pedía que le enseñara su Facebook.
012: Teléfono de Información a la Mujer de Castilla y León
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