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Centro penitenciario de Topas. ARCHIVO
A juicio un preso de Topas por abrir la cabeza a otro con una lata de refresco

A juicio un preso de Topas por abrir la cabeza a otro con una lata de refresco

Los hechos ocurrieron hace ahora un año y el recluso se enfrenta a una pena de tres años y nueve meses de cárcel z La víctima acabó con una herida de seis centímetros

Sábado, 5 de marzo 2022, 21:57

Un recluso del centro penitenciario de Topas, natural de República Dominicana, se enfrenta el próximo miércoles a una pena de tres años y nueve meses de prisión que le pide el Ministerio Fiscal por hacer una brecha en la cabeza a otro interno con una lata de refresco en el transcurso de una discusión.

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso LA GACETA, el acusado, de iniciales V.M.D.L.S., fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a dos años de prisión por un delito de lesiones y estaba cumpliendo dicho castigo en la cárcel salmantina.

Fue sobre las 09.45 horas del pasado 16 de marzo de 2021 cuando el acusado se encontraba con otro interno en la sala de día del centro penitenciario de Topas y ambos se enzarzaron en una fuerte discusión en la que V.M.D.L.S. “movido con el propósito de menoscabar la integridad física de la víctima” le golpeó en la cabeza con una lata de refresco.

Como consecuencia de la brutal agresión, el otro recluso acabó con una herida de aproximadamente seis centímetros en la región parietal derecha, precisando para su curación tratamiento médico quirúrgico consistente en sutura con doce grapas, lo que le ha provocado una cicatriz del mismo tamaño, aunque esta no le causa perjuicio estético al estar cubierta por pelo. De la misma forma, recoge el escrito, la víctima sufrió una lesión en su mano izquierda.

Por estos hechos, el Ministerio Fiscal solicita para el acusado una pena de tres años y nueve meses de prisión por un delito de lesiones y añade que en este caso procede la sustitución de dicha pena por la expulsión del territorio nacional, con la prohibición de regresar a España por un periodo de siete años.

Aunque el artículo 147 del Código Penal recoge que el que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, el artículo 148 eleva el castigo de dos a cinco años si en la agresión se hubieren utilizado “armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado”.

La jurisprudencia ha determinado que la consideración de un determinado objeto como medio peligroso, como podría ser en este caso la lata de refresco, debe ponerse en relación con la susceptibilidad de aumentar o potenciar la capacidad agresiva del autor, menguando o disminuyendo la capacidad de oposición o defensa de la víctima.

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