Cartel de alojamientos turísticos. L.G.

Particulares y empresarios impugnan ante el TSJCyL la ordenanza de apartamentos turísticos de Salamanca

Rechazan el efecto retroactivo y la limitación para que solo puedan estar en las plantas primera y baja

Jueves, 9 de enero 2025, 11:05

Hace más de dos meses, antes incluso de su aprobación definitiva, la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de los Apartamentos y Viviendas de Uso Turístico de Salamanca ya estaba sentenciada a acabar en los tribunales, tal y como publicó este periódico. Este viernes dos agrupaciones de empresarios y particulares propietarios de este tipo de pisos —la Asociación de Viviendas y Apartamentos Turísticos de Castilla y León (AVATCYL) y la Asociación de Empresas Salmantinas de Viviendas y Apartamentos Turísticos (AESVAT)— presentarán un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) solicitando la impugnación, la anulación total, de esta norma.

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“Nos han cambiado las normas del juego a mitad del partido”, ha denunciado este jueves la presidenta de AESVAT, Teresa Majeroni, aludiendo a que casi la mitad de los apartamentos turísticos que venían operando desde hace años en la ciudad y que contaban con autorización de la Junta de Castilla y León para ello pueden verse obligados a cerrar tras la entrada en vigor de la normativa aprobada de forma definitiva el pasado noviembre por el Ayuntamiento. “Tenemos un impacto económico directo en la ciudad porque empleamos a personas y también indirecto porque contratamos a empresas de limpieza, de mantenimientos, recomendamos comercios y restaurantes … Nos gustaría que nos hubieran tenido en cuenta a la hora de redactar la nueva ordenanza”, ha añadido. Desde su asociación estiman que solo para la limpieza están en juego entre 50 y 100 puestos de de trabajo.

Con este procedimiento judicial, los afectados tienen dos principales “caballos de batalla”. Por un lado, acabar con la retroactividad de la norma, ya que convierte en ilegales, aseguran, a alojamientos que venían ejerciendo la actividad desde hace años estando dados de alta en el registro autonómico. Por otro lado, rechazan que se limite que este tipo de emplazamientos solo puedan ubicarse en la planta baja o el primer piso. Según el letrado Alfonso Hernández, quien ha participado en la redacción del recurso de impugnación, se está infringiendo la legalidad urbanística al asimilar estas viviendas turísticas a hoteles, algo que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) no especifica. Precisamente este será uno de los argumentos para tratar de tumbar una normativa por la que se sienten directamente perjudicados y en cuya redacción no se les ha tenido en cuenta.

Uno de los argumentos que esgrimen los abogados de AESVAT es que los apartamentos turísticos no pueden ser considerados como una actividad empresarial en sí, sino como un arrendamiento que no estaba sometido al régimen de licencia ambiental. “Yo no necesito pedir una licencia de apertura para alquilar mi vivienda a un estudiante, porque sí se lo tengo que pedir para alquilárselo a una persona que viene a pasar dos meses en Salamanca porque tiene que hacer un máster, o alguien que simplemente viene 15 o cuatro días.", ha especificado Hernández.

Desde AESVAT insisten en que no están en contra de la regulación de los apartamentos turísticos, sino de que de “prohibir lo que ya existe”. De hecho, piden una normativa que evite el intrusismo, cree un registro de apartamentos y defina los trámites necesarios para nuevas aperturas.

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