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Miércoles, 10 de julio 2019, 17:53
En los últimos días, varios usuarios de las piscinas municipales de la ciudad han manifestado sus quejas por ser expulsados del recinto de baño por incumplir con la normativa vigente, una práctica habitual para muchos usuarios y cuyo desconocimiento puede llegar a provocar algún que otro malentendido.
Hace unos días, un señor fue amonestado en la piscina de la Aldehuela por tener una camiseta dentro de la zona de baño mientras estaba vigilando a un menor. Sin embargo esta vestimenta la utilizaba para “cubrirse una cicatriz reciente a la que no le podía dar el sol”. Tal y como se regula en la normativa municipal “a esta zona está prohibido acceder con ropa, debiendo permanecer exclusivamente con el bañador”, por lo que el usuario de la piscina se vio obligado a abandonar el recinto.
Fuentes del Consistorio apuntan que para casos como este, sí está permitido el uso de apósitos para cubrir heridas o cicatrices, pero no el de camisetas “por cuestiones tanto de salubridad como de seguridad, puesto que la única persona que puede tener camiseta dentro de ese recinto es el socorrista, para que en caso de emergencia, pueda ser identificado con facilidad”, señalan.
Esta no es la única incidencia que se ha registrado. Otra señora, en esta misma piscina de la ciudad, también fue expulsada del recinto destinado al baño por acceder con gafas de sol. Aunque esta bañista alegó “problemas de visión y de retina” para su uso, el socorrista (máxima autoridad dentro del recinto de baño, según la normativa de uso de la empresa concesionaria) también le amonestó por este incumplimiento, puesto que “no se puede entrar en la zona de baño ni en el agua con gafas de cristal o de sol o cualquier otro objeto que pueda poner en riesgo la seguridad de los usuarios”.
En estos casos, y por razones de seguridad, tal y como apuntan desde el Ayuntamiento, si está permitido el uso de gafas “siempre y cuando no sean de sol, estén graduadas y se esté vigilando a un menor que está en el agua”. Además, según la normativa que regula este tipo de prácticas en las piscinas municipales, fuera de la zona de baño de las piscinas, tanto en la zona ajardinada como en las demás del recinto, si se permite tanto el uso de ropa de calle como el de gafas de sol, entre otros.
Ropa y accesorios
La normativa de uso de las piscinas municipales de Salamanca prohiben, en la zona de baño, acceder con ropa y calzado de calle, así como con bolsas y botellas de cristal, gafas, gorras, móviles, cámaras, etc., debiendo permanecer en la zona exclusivamente en bañador. Únicamente se puede introducir la toalla.
Juegos y materiales
Además de evitar juegos y prácticas peligrosas y respetar el baño de los demás, también se prohibe el uso de cualquier material no facilitado por el personal técnico (tablas, aletas, churros, etc.). Para mejorar la seguridad de los más pequeños, también se prohibe el uso de flotadores, chalecos..., siendo obligatorio el uso de manguitos y el acompañamiento de un adulto en el agua.
Higiene y conducta
Para acceder a la zona de baño es obligatorio el uso de la ducha, así como el de gorros de baño (en los vasos climatizados). Dentro de las normas de conducta, no se permite fumar, comer, beber o portar estos productos, tanto en las zonas de baño como en los vestuarios.
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