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Domingo, 4 de septiembre 2022, 21:01
Si hay algo que tienen bien estudiado los delincuentes es la ley. Hasta ahora, era demasiado frecuente ver cómo los ladrones accedían a una tienda de Salamanca y se llevaban determinados productos sin sobrepasar los 400 euros de cuantía. Perfumes, cremas, maquillaje, embutidos... El botín era indiferente, pero no su coste. Esto era porque sabían que hasta dicha cantidad, en caso de ser cogidos y juzgados, se enfrentaban a una simple multa. De pasar 400 euros, el castigo ya daba algo más de vértigo y suponía pena de prisión. Sin embargo esa diferencia quedó atrás y esta misma semana ha entrado en vigor una reforma del Código Penal que castiga el delito de hurto con penas de cárcel de hasta 18 meses en caso de que el caco en cuestión sea reincidente. Una medida muy aplaudida con los expertos, que apuntan a que marcará un antes y un después.
María —prefiere no revelar su apellido— trabaja para una conocida firma de supermercados en Salamanca. Lleva siete años en el mismo puesto de trabajo y la experiencia le ha llevado a reconocer a la mínima los rostros de aquellos que acceden al negocio con la única intención de robar.“Cuando les vemos estamos pendientes, pero otras muchas veces se nos cuelan”, reconoce. La mayor parte de las ocasiones que al ladrón se le pillaba en caja, el importe de lo sustraído no superaba los 400 euros. “Se le detenía y a los dos días estaban fuera. Creo que se llegó a pedir hasta un alejamiento porque era la única solución”.
Y es que, hasta ahora, tomar bienes ajenos contra la voluntad de su dueño sin intimidación ni fuerza salía barato: por los hurtos de menos de 400 euros el Código Penal preveía una multa de uno a tres meses. Ahora se ha modificado el artículo 234 de esta ley para dar “una respuesta adecuada a los casos de multirreincidencia” de manera que, aunque la multa se mantiene, si el ladrón en cuestión ha sido condenado anteriormente por tres delitos, aunque sean de carácter leve y el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400, se impondrá una pena de 6 a 18 meses de cárcel. No obstante, se mantiene el artículo 235 que recoge, como ya hacía antes para los hurtos que superaban los 400 euros, que determinadas acciones —sustracciones de valor histórico o cultural, bienes de primera necesidad, cuando se deje en grave situación económica a la víctima, etcétera— sean castigados con hasta tres años de prisión.
“A mí la reforma me parece que es muy adecuada. Lo que no podía ser es lo de antes. Una persona que lo ha hecho cuatro veces antes, poca intención tiene de cambiar”, explica el decano del Ilustre Colegio de Abogados de Salamanca, Javier Román.
Según el letrado, lamentablemente los hurtos están a la orden del día pese a que los últimos datos del Ministerio del Interior, con motivo de la pandemia y las restricciones de los negocios, indican que han disminuido. “Yo recuerdo épocas de ir al juzgado un lunes y que hubiera 25 juicios rápidos en una mañana porque se habían juntado todos los hurtos del fin de semana. Era increíble. Además veías que lo que le caía era una multa y en muchos casos se declaraban insolventes y no llegaban ni a pagarla”, relata.
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