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La plaza de toros con las mesas de los lotes que se entregan a las familias. EÑE
O llevas un año empadronado o no podrá recibir la ayuda alimentaria en esta localidad

O llevas un año empadronado o no podrá recibir la ayuda alimentaria en esta localidad

La nueva normativa de Alba de Tormes marca unos criterios fijos para ser atendido por el Banco de Alimentos y evitar la picaresca

Miércoles, 27 de enero 2021, 13:42

El Consistorio de la villa ducal estrena normativa reguladora para los beneficiarios del Banco de Alimentos. La puesta en marcha de esta regulación busca marcar unos criterios fijos que se mantendrán en el tiempo a la hora de adjudicar los lotes de alimentos y evitar así posibles situaciones de picaresca.

Una de esas lagunas que ahora se cubren es la obligación de los solicitantes y beneficiarios de estar empadronados en la villa ducal con al menos un año de antelación. Eso supone que no podrán pedir a lo largo del mismo año estas ayudas en dos municipios distintos. Además, este requisito también supone cumplir con el criterio de la Federación Española del Banco de Alimentos (FEGA ).La edil de Bienestar Social en el Ayuntamiento de Alba de Tormes, Lourdes Vaquero, explica que “si en un domicilio hay ocho personas viviendo, pero tan sólo cuatro están empadronados, las ayudas solo serán para los cuatro empadronados”. A esto se suma que los mayores de edad, además, deberán demostrar que son demandantes de empleo en el momento de hacer la solicitud.

La nueva normativa supone que se seguirá un criterio único “independientemente de quién esté al frente de la concejalía de Bienestar Social, porque también hay que adjuntar el informe del trabajador social del CEAS”, matizó Vaquero. En la vecina localidad de Terradillos también se retocó la normativa para los beneficiarios del reparto de alimentos el pasado mes de noviembre, rebajando de tres a tan sólo una las ocasiones en las que se puede faltar a recoger a estos repartos para no perder la condición de beneficiario.

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