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Miércoles, 20 de octubre 2021, 13:47
En tan solo cuatro jornadas, el colectivo arbitral salmantino ha invocado hasta en cinco ocasiones el Artículo 133.6. No es que sea el botón del pánico en el Reglamento del fútbol de cantera; pero casi, visto lo visto. Cuando el colegiado de turno muestra la cartulina roja a un jugador —todos los expulsados por este motivo han sido juveniles, hasta la fecha— ya sabe lo que le toca: al menos un mes sin competir. El castigo mayor al que, prácticamente, se puede enfrentar un jugador hoy por hoy en la base.
Lo cierto es que la temporada ha empezado agitada. El Comité de Competición salmantino ya ha firmado de su puño y letra un total de 36 sanciones de roja que acarrean partidos sin jugar. Y un 13% de ellas atienden a este Artículo 133.6; es decir, “agredir a otro sin causar lesión”, que dice escuetamente la resolución de Competición. Para saber exactamente qué se está castigando —y qué está sucediendo— hay que viajar hasta los estatutos en vigor de la FCyLF. En concreto, al capítulo II [‘Sanciones graves’, se llama], y dice así: “Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento dolosonecesario en esta infracción la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél”, reza de manera literal el Artículo. “La ver dad es que la gente ha llegado a la normalidad tras la pandemia un poco intensa...”, se confiesan sin dar nombre y apellidos desde el colectivo a pie de campo.
Cada uno de los cinco juveniles juzgados por el Artículo 133.6 han recibido como castigo cuatro choques sin jugar —que es el mínimo, pues la sanción se podría llegar a extender hasta los doce. Este mismo castigo en directivos les inhabilitaría del cargo entre uno y tres meses—. Para poner en contexto la decisión del colectivo de poner en su sitio a los jugadores en este arranque de temporada, antes de que la situación pueda irse de las manos, tan solo hace falta mirar a la pasada campaña y comparar: en las once resoluciones que dictó Competición —que atendían a las jornadas de las Ligas Volvemos—, tan solo se recurrió a este Artículo en siete ocasiones; en la presente campaña, en la que tan solo se llevan jugadas cuatro jornadas, ya se ha hecho en cinco. Cuanto menos, llama la atención.
Invocar al Artículo 133.6 no solo acarrea los partidos de sanción, sino que además trae consigo una multa accesoria. Y así, cada uno de los cuatro clubes en los que militan los cinco jugadores sancionados en virtud a esta regla han tenido que abonar 12 euros por cabeza. Es decir, en total, la FCyLF ha recaudado 60 euros tras acogerse el colegiado al artículo que regula “agredir a otro sin causar lesión”.
Para acabar de poner en situación al Artículo dentro de la temporada, solo hace falta ver que la media de choques de castigo impuesta por el Comité de Competición charro, hasta la fecha, es de 1,7 encuentros sin jugar frente a los cuatro que van a estar los cinco jugadores juveniles —tres de ellos militan en la Primera división y los dos restantes, en Segunda—. Entre los cuatro choques de castigo y el partido único de sanción, el siguiente Artículo que más duro castiga es el de ‘injuriar o menospreciar al colegiado’ que tan solo acarrea dos partidos de suspensión.
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