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Jueves, 20 de mayo 2021, 15:10
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha decidido este jueves relajar algunas de las medidas restrictivas para contener la pandemia del coronavirus al bajar a las nueve provincias de la Comunidad al nivel de alerta 3. Esto ha traído consigo una actualización de las medidas del semáforo, tal y como ha anunciado el portavoz del Gobierno regional, Francisco Igea. ¿Esto en qué se traduce? Por un lado, desde este fin de semana se amplía a la 1 la madrugada el horario de cierre de las terrazas de los establecimientos hosteleros (actualmente estaba en las 0:00 horas). Por otro lado, se amplía a diez personas de dos unidades de convivencia diferentes el máximo de clientes que puede estar alojados en una casa rural, una de las grandes reivindicaciones del sector desde que decayó el estado de alarma.
La Junta de Castilla y León aumenta además el aforo de los congresos y eventos similares y pedirá al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que, entre la 1 y las 6 de la mañana, se limite el derecho de reunión en espacios públicos y privados a un máximo de 6 personas “para evitar que las reuniones se trasladen de la hostelería a otros lugares”.
Francisco Igea ha anunciado además que, en nivel de alerta 3, decae la medida de cerrar el interior de la hostelería, salas de juegos y locales de apuestas cuando la incidencia de un municipio mayor de 5.000 habitantes supera los 150 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. De esta forma, Peñaranda de Bracamonte y Alba de Tormes podrán reabrir el interior de sus bares desde este fin de semana.
Sobre una posible reapertura del ocio nocturno, Igea ha asegurado que “está cerrado por una declaración de obligado cumplimiento para todas las comunidades que va a ser revisada en su totalidad”.
Hostelería
En interiores, el 75% de aforo y se podrá consumir máximo seis clientes por mesa (se podrá suspender la actividad de manera excepcional). En las terrazas, el 75% de aforo de las mesas autorizadas y grupo de 6 personas máximo.
Bodas y celebraciones
En espacios no religiosos, el máximo es el 33% de aforo en sitios cerrados. Por el contrario, del 33% en abierto y un máximo de 75 personas. En lugares de culto, la limitación requerirá prohibición especial.
Velatorios
33% de aforo en lugares cerrados, con límite de 10 y 20 personas máximo al aire libre.
Comercio
En el comercio minorista, un máximo del 50% de aforo máximo, que rige también en centros comerciales. Para estos últimos podrá acordarse la suspensión de actividad.
Piscinas públicas
También de comunidades de vecinos, 50% al aire libre
Turismo rural
Límite de 10 personas en las casas rurales, con dos grupos de convivientes máximo
Toros y peñas
Cosos taurinos: 50% de aforo máximo, con un asiento libre entre espectadores. Peñas cerradas.
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