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El Ministerio de Agricultura (MAPA) ha propuesto un segundo paquete de modificaciones en algunas de las disposiciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) 2023-27, de cara a su aplicación en la próxima campaña 2024. En esta ocasión afectan a los reales decretos que recogen los programas de apoyo al vino, la apicultura y las frutas y hortalizas, así como a los relativos a la nutrición sostenible de los suelos y uso sostenible de fitosanitarios
Este segundo paquete está sometido a consulta pública hasta el 20 de octubre y, al igual que el anterior (cuyo período de consulta concluyó el pasado 8 de septiembre), incluye principalmente modificaciones de carácter técnico y aclaraciones, así como ciertos cambios que se consideran necesarios a la luz de la experiencia adquirida en el primer año de aplicación de la nueva PAC.
En lo que respecta, en concreto, a la nutrición sostenible de los suelos, el proyecto amplía las posibilidades para que las comunidades autónomas flexibilicen, cuando sea necesario, los períodos de prohibición para la fertilización nitrogenada. Asimismo, la propuesta aclara que los pastos en los que no se aplica fertilización están exentos de la elaboración del plan de abonado. Por otro lado, se favorece la utilización de los estiércoles (al flexibilizarse las condiciones del apilado en los recintos) sin comprometer los objetivos de prevención y reducción de la contaminación atmosférica.
En cuanto a los demás cambios, el Ministerio destaca que se aclaran algunos conceptos que afectan a la determinación de las penalizaciones de las ayudas directas, en particular las relacionadas con los ecorregímenes, que comenzarán a aplicarse en la campaña 2024.
El paquete de cambios anterior se centraba en las disposiciones sobre ayudas directas, condicionalidad y cuaderno digital. Por ejemplo, en el ámbito de las cesiones de derechos de ayuda básica a la renta, el Ministerio quiere ajustar la vigencia de los arrendamientos de derechos sin tierras a un año, con el fin de fomentar el resto de cesiones de derechos, en las que existe una mayor coherencia entre la propiedad de los derechos y el ejercicio de la actividad agraria de los cedentes y cesionarios que participan. Por otro lado, se incluirá la exigencia de realizar una actividad de producción cuando se declara un recinto inactivo por primera vez.
En lo relativo a los ecorregímenes, se prevén nuevos métodos de control en las prácticas ligadas a pastos, para aquellos titulares que no mantengan un cuaderno digital de explotación, y se flexibiliza la redacción de la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes para explotaciones de menos de 10 hectáreas. Igualmente se amplía el plazo para el establecimiento de una cubierta inerte en cultivos leñosos, que pasa del 1 de marzo al 15 de abril, y que puede ser modificado por las comunidades autónomas de forma justificada. En el texto sobre condicionalidad se van a introducir modificaciones en algunas de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM), en concreto en la 2 (humedales y turberas), la 5 (gestión de la labranza) y la 6 (cobertura mínima del suelo).
Entre las modificaciones planteadas, que deben ser aprobadas en Consejo de Ministros, figura también un retraso en la implantación del cuaderno digital de explotación, que será progresiva. Según el proyecto, a partir del 1 de septiembre de 2024 el cuaderno de explotación digital será obligatorio para las explotaciones con más de 30 hectáreas de tierras de cultivo y cultivos permanentes, con más de 5 hectáreas de regadío o que dispongan de cultivos bajo invernadero.
A partir del 1 de septiembre de 2025 será obligatorio para el resto de explotaciones así como para los titulares con superficies de pastos que sean objeto de fertilización. Estarán exentas de la obligación las explotaciones con una superficie de menos de 5 hectáreas y de menos de una hectárea de regadío (excepto en el caso de los invernaderos) así como las que dispongan únicamente de pastos y no realicen aplicaciones de fertilizantes en ellos.
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