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El lobo sigue enfrentando a ganaderos con la Administración E.P.
La Audiencia Nacional mantiene la prohibición de cazar lobos

La Audiencia Nacional mantiene la prohibición de cazar lobos

Entiende los daños al ganado pueden ser reparados económicamente | Gobierno cántabro “respeta, pero no comparte” la decisión, por lo que se plantea recurrirla

Jueves, 16 de diciembre 2021, 11:08

El Gobierno de Cantabria “respeta, pero no comparte” la decisión de la Audiencia Nacional que ha desestimado la petición de la Comunidad Autónoma de suspender la orden del Ministerio para la Transición Ecológica por la que se incluyó al lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre), por lo que sus servicios jurídicos estudiarán la presentación de un recurso de reposición.

La Consejería de Medio Ambiente lamenta que el auto de este lunes haya llegado “antes a los medios de comunicación” que a sus servicios jurídicos y destaca que “no entra” en el fondo de la demanda presentada porque, como señala la propia Audiencia, esta petición de cautelares y auto denegatorio “no es más que un incidente que no entra a valorar las razones del Gobierno para oponerse a la inclusión del lobo en el Lespre y que, por tanto, no prejuzga el sentido de la futura sentencia”.

Y en caso de que esta denegación de suspensión cautelar acabe siendo firme, el Ejecutivo autonómico asegura que aplicará la orden ministerial “en todos sus términos”, incluida la realización de controles de lobos cuando sea necesario.

En cualquier caso, lamenta que las organizaciones ecologistas que “acompañan al Ministerio en este viaje” ya han anunciado que recurrirán a los tribunales cualquier autorización de control que aprueben las comunidades autónomas, “adelantando por tanto la judicialización de la gestión del lobo en España”.

Un daño irreversible e irreparable

En un auto de este lunes, los magistrados de la Sección Primera han descartado suspender de forma cautelar la orden recordando que cuando se trata de una modificación normativa tendente a instaurar con carácter general un nuevo régimen jurídico, la jurisprudencia exige que se produzcan “de forma clara y evidente” perjuicios irreversibles que no concurren en este caso.

Los magistrados sostienen que la suspensión de la orden recurrida supondría que el lobo se podría seguir cazando en Cantabria, lo que provocaría un daño irreversible e irreparable. En relación con los posibles daños al ganado por los ataques del lobo de mantenerse la misma, la Sala indica que “serían perjuicios reparables económicamente, es decir, podrían ser objeto de una indemnización a través de los cauces legalmente establecidos al efecto”.

Con todo, consideran que debe prevalecer en este momento procesal el interés general de conservación de la especie, sobre esos posibles daños económicos.

En su recurso, el Gobierno de la comunidad autónoma subrayaba que la supervivencia de la especie no se iba a ver amenazada por mantener el statu quo previo a la orden ministerial, pues esta protege al lobo por valores distintos a los de su estado de conservación, que no se verían afectados por la suspensión.

El presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, mostró el pasado mes de octubre su confianza en los tribunales de Justicia para que anulasen la prohibición de cazar lobos, criticando las ideas “hiper ecologistas” de la ministra de Transición Ecológica que, a su juicio, “no conoce la realidad de la vida en los pueblos”.

Como recoge el auto, el Ejecutivo cántabro entendía que la eficacia de la orden implicaba un desplazamiento o tácita derogación de los instrumentos normativos y de gestión aprobados por las comunidades autónomas para la gestión de la especie, lo que generaba una indudable inseguridad jurídica. En concreto, tanto para quienes debe aplicar la norma como para los destinatarios últimos, como son los ganaderos, generando una mayor conflictividad que se estima preciso evitar, como advertía el Ministerio de Agricultura.

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