Viernes, 16 de octubre 2020, 20:51
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado un recurso de apelación interpuesto y ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Salamanca en la que imponía a una mujer internamiento en un centro cerrado —por un tiempo mínimo de cinco años y un máximo de quince— después de que en marzo de 2018 prendiera fuego a su casa acuciada por las voces que oía.
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De esta forma el TSJCyL se muestra conforme con la sentencia dictada el pasado año en el que se recogían como hechos probados que el 11 de marzo de 2018 M.B., acuciada por las voces que creía que debía obedecer y tras haber consumido considerable cantidad de alcohol, con sus capacidades mentales abolidas, decidió quemar su vida anterior, por lo que cogió un encendedor y prendió con él fuego al edredón de su cama, en el dormitorio de la casa que tenía alquilada, situada en la calle Conde Cabarrús. Así, dejó que el fuego se extendiera por el resto de la casa, que luego abandonó con la intención de que todo ardiera y quedaran atrás sus malos recuerdos. La sentencia reflejaba que solo la rápida intervención de los bomberos impidió la propagación del fuego y evitó mayores desgracias que, sin esa circunstancia, se hubieran producido.
Debido a su enfermedad mental, la acusada, de 44 años, quedó absuelta del delito de incendio con grave peligro para la vida de las personas, aunque se ordenó su ingreso en un centro por un tiempo máximo de 15 años. Asimismo, se estipuló una indemnización a la dueña de la vivienda de 17.234 euros.
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