Jueves, 9 de marzo 2023, 19:13
Para poder solicitar que se le reconozca este complemento es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y que fueran padres de dos o más hijos
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El Juzgado de lo Social número 1 de Salamanca ha reconocido expresamente el complemento de maternidad, cuestión debatida por el INSS y la TGSS, al denegar en vía administrativa que el hombre jubilado percibiera el complemento a pesar de cumplir los requisitos necesarios.
Esta cuestión está siendo abordada en multitud de Juzgados de lo Social de toda España, y mientras no se pronuncie expresamente el Tribunal Supremo unificando la doctrina existente, la magistrada del Juzgado de lo Social 1 reconoce al actor el derecho a percibir el complemento reclamado, fijando como fecha de efectos la del reconocimiento de la prestación el 26 de mayo de 2016.
Así, la magistrada ha estimado íntegramente la demanda presentada por el hombre jubilado, natural de Salamanca, reconociéndole un complemento en su pensión del 5%, al ser padre de dos hijos, o lo que es lo mismo, el varón verá incrementada su pensión mensual en una cuantía de 112,39 euros mensuales-con carácter vitalicio-, más los atrasos desde la fecha de su jubilación -26 de mayo de 2016-, de forma que la entidad gestora le abonará, también, más de once mil euros (11.000,00 euros).
Para poder solicitar que se le reconozca el complemento de maternidad en su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y que fueran padres de dos o más hijos.
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