Un patinete circulando por la acera. ALMEIDA

La normativa de los patinetes eléctricos en Salamanca: prohibido circular por la acera

Siempre que haya carril bici deberán usarlo con una velocidad máxima permitida de 20 km/h

Viernes, 8 de octubre 2021, 16:16

El Pleno del Ayuntamiento de Salamanca ha aprobado este viernes de forma definitiva la nueva ordenanza para la regulación del uso y circulación de movilidad personal, en la que entra el uso de patinetes eléctricos.

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Este documento, según ha destacado el consistorio tras el visto bueno de la corporación, es también “fruto del consenso” con representantes de los municipios del alfoz con los que Salamanca está conectada a través del carril bici, con el objetivo de “armonizar la regulación y aportar la máxima seguridad vial y jurídica a sus usuarios, así como garantizar la compatibilidad de su uso con el tránsito de los peatones”.

También, tal y como ha reseñado, consiste en “un texto sencillo y lo suficientemente flexible” para acoger cualquier disposición establecida en normativa de rango superior, como puede ser la próxima Ley de Tráfico.

A la hora de elaborarse el texto común se han tenido en cuenta las recomendaciones y acuerdos de la Federación Española de Municipios y Provincias la normativa vigente en materia de Tráfico, Circulación de vehículos de motor y Seguridad Vial, “sin entrar a regular aspectos que no han sido contemplados por la Dirección General de Tráfico (DGT)”.

En este sentido, en la ordenanza municipal queda establecido que cuando existan vías ciclistas y sendas ciclables, los conductores de estos vehículos estarán obligados a circular por ellas y no podrán hacerlo por la calzada del tráfico rodado.

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Si se trata de carriles bici, la velocidad máxima permitida a la que podrán circular será de 20 kilómetros por hora. Mientras que esta velocidad se reducirá a la mitad, 10 kilómetros por hora, en el caso de que se trate de aceras-bici, pistas bici, y sendas ciclables.

Cuando no existan estas vías ciclables, los conductores tendrán que circular por la vía urbana reservada al tráfico rodado a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y no podrán hacerlo “en ningún caso” por travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías y túneles urbanos.

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Tampoco podrán circular por las aceras, las zonas peatonales y las calles peatonales. En este caso los conductores deberán bajarse del vehículo y transitar por ellas como peatones, ha apuntado el Ayuntamiento tras la aprobación en la información.

A la hora de estacionar, los conductores de estos vehículos podrán utilizar los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas, y queda prohibido amarrarlos al arbolado, farolas, semáforos, señales verticales y otros elementos del mobiliario urbano, así como en las fachadas de los edificios.

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