Lunes, 1 de febrero 2021, 09:59
Los salmantinos poseedores de una hipoteca podrán recuperar otra vez gastos relacionados con el préstamo, aunque sea con retraso. La sentencia del Tribunal Supremo conocida esta semana fija que los bancos han de asumir el coste de la tasación, en lugar de los clientes. La reclamación, primero por vía extrajudicial y luego a través de los juzgados en caso de no llegar a un acuerdo con la entidad financiera, solo se podrá realizar en los créditos hipotecarios firmados antes de la entrada en vigor de la Ley 5/2019 y permitirá a los afectados recuperar unos 200 euros de media en gastos de tasación que abonaron en su momento.
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La noticia ha sido bienvenida por el sector jurídico, que consideraba necesario que el Tribunal Supremo dictará esta sentencia para unificar un criterio que hasta ahora era dispar en función de las audiencias provinciales. La de Salamanca sí era favorable a dar la razón al cliente sobre la tasación, aunque muy pocos reclamaban este gasto por la incertidumbre existente a que su demanda solo se admitiera de manera parcial y, por lo tanto, el ciudadano tuviera que afrontar su parte de las costas, indica Jesús Hernández, miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Salamanca.
Los juristas señalan que la posibilidad de reclamar el nuevo gasto dependerá de varios factores. Si en su momento se solicitó y los magistrados no le dieron la razón, no podrá de nuevo reclamarla pese a la doctrina del Supremo, al tratarse ya de un hecho juzgado. Otros que en su momento no la reclamaron en su demanda para la recuperación de otros gastos hipotecarios podrían hacerlo ahora, pero los expertos apuntan que habrá personas que lo descartarán porque la cuantía, unos 200 euros de media, es demasiado pequeña para iniciar un nuevo proceso judicial.
Las opciones se amplían para los que todavía no han iniciado la reclamación. En este caso, los gastos de tasación se suman a los que ya podían reclamar: gestoría, registro y la mitad del coste del notario. La solicitud para la devolución de estos importes se tendrá que hacer primero ante la entidad financiera y, en caso de que no sea aceptada, mediante la presentación de la demanda ante el juzgado especializado en cláusulas hipotecarias de Salamanca. Precisamente, el órgano judicial ha registrado en las últimas semanas la entrada de más casos por las diferentes interpretaciones que se han realizado sobre los plazos para poder demandar al banco la devolución del dinero. La nueva sentencia del Supremo augura de nuevo un incremento de los casos que tendrá que dirimir.
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