Lunes, 28 de junio 2021, 00:01
Desde el próximo jueves, día 1 de julio, y hasta el 30 de septiembre no se podrán realizar barbacoas ni utilizar maquinaria en los montes de la Región, una vez que entre en vigor la declaración de época de peligro alto de incendios forestales establecida por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que encabeza Juan Carlos Suárez-Quiñones.
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A lo largo de los próximos tres meses se endurecen las medidas de prevención de incendios forestales estableciéndose restricciones que afectan tanto a los montes como a la franja de 400 metros que los rodea, prohibiéndose con carácter general el empleo de asadores, barbacoas y hornillos “y cualquier otro elemento que pueda causar fuego en el monte”.
Sobre la utilización de barbacoas, la regulación de la Junta de Castilla y León establece una serie de excepciones como cuando éstas “se sitúen dentro de edificaciones cerradas por los cuatro costados, con techo y chimenea dotada de matachispas”, al igual que aquellas instalaciones de camping y campamentos de turismo autorizados por la Consejería y en los lugares autorizados para ello.
Para poder ser autorizadas, las barbacoas deben cumplir una serie de requisitos entre los que figuran el estar ubicadas en áreas recreativas o de acampada habilitadas por las administraciones; ser de estructura fija de obra en buen estado de conservación; tener campana, chimenea con rejilla en la salida de humos que actúe como matachispas; deberá contar con tres paredes cerradas de obra que impidan la salida del fuego, contar con un perímetro libre de combustible de tres metros y podrán estar bajo las copas de arbolado si hay al menos 5 metros de distancia.
En cuanto a la maquinaria, la declaración de época de peligro alto de incendios fija que no se podrán utilizar aquellas cuyo funcionamiento genere “fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas”, tales como cosechadoras, tractores de cadenas, sopletes, soldadores o radiales, entre otras. Del mismo modo, en los meses de julio, agosto y septiembre estará prohibida la celebración de rallys y eventos con vehículos a motor en los montes de Castilla y León, así como quemas de vegetación que tan solo están permitidas en época de peligro bajo de incendio forestal.
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