Imagen de un radar fijo. ARCHIVO

Nervios en la DGT. Estas son todas las multas que se pueden anular por sentencias judiciales

Se está produciendo un goteo de resoluciones que anulan miles de sanciones impuestas por la Dirección General de Tráfico

Jueves, 25 de marzo 2021, 10:40

Nervios e inquietud. Estos son dos de los sentimientos que embargan en estos momentos a la Dirección General de Tráfico (DGT). El motivo es el rosario de sentencias judiciales en su contra que se han conocido en las últimas semanas. En ellas, la Justicia anula numerosas multas, la mayor parte de ellas por errores administrativos o defectos de forma. Un varapalo en toda regla para este organismo y una victoria para las asociaciones de automovilistas que han liderado estos procesos judiciales. El portal ‘Autopista’ ha informado de todos los frentes abiertos que en estos momentos tiene la DGT, que no son pocos.

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Uno de los últimos casos que se ha conocido tiene que ver con la doble fotografía que los radares fijos deben captar para que una multa por exceso de velocidad sea legal. La asociación Dvuelta ha logrado que se anule una sanción de este tipo en Córdoba porque no existían los dos fotogramas diferentes que marca la normativa. Teniendo en cuenta que la mayoría de notificaciones de este tipo solo cuentan con una fotografía, la sentencia abre la puerta a que se anulen miles de multas impuestas por los radares fijos repartidos por la red viaria nacional.

Otra sentencia, en esta ocasión de un jugado de Madrid, ha anulado una multa impuesta por los radares que son capaces de detectar sin un conductor está usando el móvil al volante o no lleva colocado el cinturón de seguridad. El juez contempló que la cámara que captó la infracción no estaba sometida a control metrológico y que la multa fue impuesta por un agente provincial sin legitimidad.

También la DGT ha recibido sentencias en su contra relativas a los manidos márgenes de error. Automovilistas Europeos Asociados lleva años luchando contra las sanciones que no contemplan los márgenes de error que tienen los radares. Por último, hay que recordar que en Madrid se anuló en 2020 una sanción al considerar que se “vulneraba la presunción de inocencia del conductor”. Es decir, no se podía demostrar que fuera el sancionado el que estaba manejando el vehículo en el momento de la infracción.

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