Junqueras saliendo de prisión en un permiso del pasado. E.P.

Los presos indultados del 1-O podrían salir de prisión a media mañana de este miércoles

El Consejo de Ministros aprobó este martes los indultos que ya están publicados en el BOE de este miércoles

Miércoles, 23 de junio 2021, 10:51

Los nueve presos del 1-O prevén salir de prisión este miércoles a las 12.00 horas, tras los indultos aprobados ayer, según ha explicado el abogado Jordi Pina en declaraciones a los medios al salir de la cárcel de Lledoners (Barcelona).

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Ha señalado que hay “margen suficiente” para que el Tribunal Supremo (TS) comunique a las prisiones la resolución de los indultos por la mañana para que puedan salir a las 12 horas.

Pina, que ejerce la defensa del secretario general de Junts, Jordi Sànchez, y de los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull, ha aclarado que salir a esta hora está “consensuado” con el resto de presos del 1-O.

El Consejo de Ministros aprobó este martes los indultos que previsiblemente se publicarán en el BOE el miércoles, y después el Supremo tiene que notificar la excarcelación a las prisiones.

El abogado visitó a sus clientes en prisión el martes por la tarde, y ha dicho que les ha encontrado “de una manera muy diferente a estos casi cuatro años” desde que entraron en la cárcel.

El BOE publica los nueve decretos de indulto a los líderes del procés

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles los decretos de indulto a los nueve líderes independentistas encarcelados por los hechos sucedidos el 1 de octubre de 2017.

El BOE recoge en nueve documentos diferentes los indultos a Dolors Bassa, Oriol Junqueras, Jordi Cuixart, Jordi Sànchez, Carme Forcadell, Raül Romeva, Joaquim Forn, Josep Rull y Jordi Turull.

Los expedientes de indulto recogen que están basados en “los motivos de utilidad pública que se exponen en la propuesta del Ministro de Justicia” y “considerados los informes del Tribunal sentenciador y

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del Ministerio Fiscal, y atendiendo a las circunstancias” de cada condenado.

La fórmula que recoge el BOE es la siguiente: “Vengo en indultar a” el condenado “la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito grave” en un plazo concreto “desde la publicación del real decreto”.

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